En la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico-Artístico de la nación se establecía una barrera objetiva de un siglo, de tal manera que no se consideraba Patrimonio todo aquello con una antigüedad inferior. Pero este límite cronológico ha sido eliminado de la legislación contemporánea, por ser arbitrario y caprichoso. Y por ilógico: deja fuera la casi totalidad del Patrimonio Etnográfico y buena parte de los ejemplos de los lenguajes arquitectónicos racionalista, ecléctico o neocanario.